Requisitos
De acuerdo con el artículo 3, capítulo 2 del Reglamento de MEFF, podrán adquirir la condición de Miembro de MEFF aquellas entidades que reúnan los requisitos previstos en el artículo 59, apartado 3, de la Ley del Mercado de Valores, que son las siguientes:
Las Condiciones Generales de los contratos, de acuerdo con el Reglamento, podrán establecer condiciones específicas en relación con la actividad de los miembros a propósito del contrato al que se refieran.
Los miembros de MEFF han de ser miembros de BME CLEARING.
Cómo hacerse Miembro
El proceso legal para adquirir la condición de Miembro es muy sencillo. Basta con cumplimentar un dossier. En el dossier se incluye el contrato con MEFF y otros documentos necesarios. El dossier distingue y tiene unos documentos específicos en función de que se solicite ser Miembro de Derivados Financieros o Miembro de Derivados de Materias Primas.
Para solicitar una copia del dossier pincha aquí
Si necesita más información póngase en contacto con el Departamento Comercial en comercialMeff@grupobme.es o meffpower@grupobme.es