ACTIVO SUBYACENTE | Suma de dividendos ordinarios de una compañía en un periodo predeterminado que se describe en el apartado Vencimientos. |
NOMINAL DEL CONTRATO | Los dividendos correspondientes a 1000 acciones (excepto cuando haya habido ajustes según el apartado 6.6 de estas Condiciones Generales). |
VENCIMIENTOS | Dos vencimientos mensuales, tres vencimientos trimestrales y al menos cinco vencimientos anuales. Un vencimiento anual significa un periodo de cómputo desde el tercer viernes de diciembre del año anterior, excluido, hasta el tercer viernes de diciembre del año de vencimiento, incluido. Se podrán abrir vencimientos con otros ciclos distintos del anual. Los Vencimientos efectivamente abiertos se determinarán por Circular. |
FECHA DE VENCIMIENTO | Tercer viernes del mes de vencimiento. |
FORMA DE LIQUIDACIÓN | Por diferencias respecto al Precio de Liquidación a Vencimiento. |
FECHA DE LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO | Primer Día Hábil posterior a la Fecha de Vencimiento. |
ÚLTIMO DÍA DE NEGOCIACIÓN | La Fecha de Vencimiento. |
FORMA DE COTIZACIÓN DE LOS PRECIOS | En euros por acción, con una fluctuación mínima adecuada según la cotización del Activo Subyacente y/o las necesidades del mercado, lo que se establecerá mediante Circular. La fluctuación mínima podrá ser distinta en Operaciones negociadas directamente entre Miembros. |
FLUCTUACIÓN MÁXIMA DEL PRECIO | No existe, si bien podrá fijarse por Circular. |
LIQUIDACIÓN DIARIA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS | Diariamente, en efectivo, por diferencias respecto al Precio de Liquidación Diaria de la sesión anterior (ver apartado 7). |
LIQUIDACIÓN DE LAS COMISIONES | Primer Día Hábil posterior a la fecha de la Transacción. |
GARANTÍAS | Las que se establezcan por Circular. |
PRECIOS DE LIQUIDACIÓN DIARIA | Serán una aproximación al "precio de mercado". Los criterios se determinarán por Circular. En la Fecha de Vencimiento será el Precio de Liquidación a Vencimiento. |
Para más información consulte las Condiciones Generales de Derivados Financieros de Negociación en MEFF y las de Compensación y Liquidación en BME Clearing.